“La Subsidiariedad es un principio sociopolítico que asigna derechos de decisión y responsabilidad. En una sociedad se considera que, por principio, las personas en lo individual y los pequeños grupos son capaces de conducir sus propios asuntos y asumir responsabilidad de sus decisiones (en el nivel “inferior”) . Las decisiones sólo deberás ser transferidas y tomadas a un nivel “superior” si exceden las capacidades de análisis, decisión y/o implementación del nivel “inferior”. Así mismo, se recomienda transferir las decisiones si los efectos van mucho más allá del ámbito propio” (Diccionario de la Economía Social de Mercado, R. Hasse, H. Schneider, K. Weigelt, ed.).
La relación gobierno-sociedad representa la aplicación más común del Principio de Subsidiariedad. En su forma más simplificada ésta se puede resumir en una frase: “Que haya tanta sociedad como sea posible, y sólo tanto gobierno como sea necesario”. En este caso no basta con descentralizar las decisiones y la acción desde una autoridad única hacia entes gubernamentales locales. Se pide ir más lejos llevando estas capacidades a la sociedad misma, beneficiaria al final de cuentas del esfuerzo involucrado. En una situación ideal esto llevaría a asignar en una misma persona o grupo los roles de autor, actor y beneficiario de la acción.
El Principio de Subsidiariedad con frecuencia se presenta acompañado del de Solidaridad. Aunque son en alguna forma conceptos complementarios, su naturaleza es distinta. El Principio de Solidaridad habla de la transferencia unidireccional de recursos, económicos o morales, hacia el más necesitado. Por su parte, el Principio de Subsidiariedad trata de la transferencia bidireccional de autoridad y responsabilidades. En este último caso también puede darse una transferencia de recursos pero ésta está subordinada y condicionada por la asignación de responsabilidades. Es pertinente señalar que la bidireccionalidad en la subsidiariedad no es simétrica sino que tiende a favorecerse las transferencias hacia los niveles ‘inferiores’ y sólo por excepción en el otro sentido.
Por otro lado, la Solidaridad es coyuntural e, idealmente, temporal y busca resolver desigualdades y desbalances de oportunidades. Por su parte, la Subsidiariedad es un principio de operación que busca la optimización del funcionamiento de una sociedad organizada respetando al mismo tiempo las libertades y motivaciones individuales.
¿Y esto que tiene que ver con los clusters?
La aplicación del Principio de Subsidiariedad en la clusterización es simplemente la diferencia entre el éxito y el fracaso. La experiencia ha enseñado que aquellos clusters que nacen exclusivamente como una decisión de “arriba-abajo” (“top-down”) duran mientras la atención y la prioridad subsiste en los niveles “superiores” de la organización que los impulsó. Pero tampoco subsisten mucho los clusters que nacen en un proceso de “abajo-arriba” (“bottom-up”) pues pronto enfrentan la falta de recursos ya que las ganas de vivir no matan el hambre. Es necesario entonces un balance producto de un acuerdo entre los niveles “inferiores” y “superiores” para la asignación de las responsabilidades de acción y la autoridad para el manejo de los recursos. A falta de mejores términos, se utilizan aquí el de “superior” e “inferior” pero esto no implica jerarquía o subordinación. En el caso de los clusters, por niveles “superiores” se entienden aquellos actores del desarrollo económico que cuentan con una organización formal y que por mandato o por designación manejan recursos comunitarios, como sucede con los gobiernos y los organismos formales de la sociedad y/o del empresariado. Los niveles “inferiores” se refieren a los verdaderos actores económicos tales como empresas en lo individual o su agrupamiento en “clusters”.
En términos prácticos, como primer paso podemos identificar algunas reglas para aplicar el Principio de Subsidiariedad en la clusterización en los aspectos de organización, asignación de recursos y establecimiento de metas y programas de trabajo. Algunos ejemplos a continuación.
Organización:
– el proyecto de clusterización debe ser coordinado y supervisado por un comité mixto con la participación equilibrada de la Triple Hélice (Sector Productivo, Gobierno y Academia). Este comité tendrá bajo su cargo el establecimiento de los objetivos globales así como el seguimiento y monitoreo de resultados
– El líder del esfuerzo global y de cada cluster en lo particular debe ser un empresario para asegurar el enfoque práctico y la continuidad en el largo plazo.
– Por parte de la Academia y el Gobierno se deberán establecer los mecanismos para la incorporación en lo necesario de otras áreas adicionales a las responsables de los temas económicos.
Recursos
– Todas las partes deberán participar en la aportación de los recursos necesarios de acuerdo a sus capacidades y habilidades.
– Por parte del gobierno deberán establecerse mecanismos permanentes de financiamiento para apoyar la operación y para estudios y análisis relevantes.
Metas y programas de trabajo
– Las metas y programas de trabajo de cada cluster deberán generarse desde adentro reconociendo la experiencia directa de las empresas en los temas de mercados y productos.
– Las empresas son las responsables de desarrollar la competitividad endógena (interna).
– Por su parte, el gobierno debe ocuparse en crear las condiciones del entorno (competitividad exógena) en coordinación con las empresas del cluster.
– Las necesidades y acciones comunes a varios clusters se identifican como ‘trasversales’ y son asumidas por niveles ‘superiores’.
La aplicación del Principio de Subsidiariedad en la clusterización es necesariamente un proceso de aprendizaje conjunto que deberá tomar en cuenta las condiciones cambiante del entorno y la dinámica de los actores locales.
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